Políticas de seguridad e higiene y plan de acción
Las políticas de higiene y seguridad deben ser delineadas por un profesional entrenado en la materia. Al inicio de un proyecto, se identifican los riesgos específicos para cada etapa y las áreas más problemáticas. Luego, se delinea un plan de acción que incluye medidas de seguridad preventivas, correctivas y los controles correspondientes.
Este plan da como resultado un Legajo Técnico. El Decreto 911/96, en su artículo 20, especifica:
El Legajo Técnico estará constituido por la documentación generada por la Prestación de Higiene y Seguridad para el control efectivo de los riesgos emergentes en el desarrollo de la obra. Contendrá información suficiente, de acuerdo a las características, volumen y condiciones bajo las cuales se desarrollarán los trabajos, para determinar los riesgos más significativos en cada etapa de los mismos.
Además, deberá actualizarse incorporando las modificaciones que se introduzcan en la programación de las tareas que signifiquen alteraciones en el nivel o características de los riesgos para la seguridad del personal.
Deberá estar rubricado por el Responsable de Higiene y Seguridad y será exhibido a la autoridad competente, a su requerimiento.
Plan de Higiene y Seguridad
El plan de Higiene y Seguridad se implementa en el campo (Obra), conjuntamente con capacitaciones en el uso correcto de herramientas y materiales, así como otros procedimientos de trabajo seguro. Suele contemplar distintos elementos de seguridad personal y colectiva, algunos de los cuales especificamos a continuación:
- Elementos de protección personal (cascos, guantes, gafas, etc.)
- Protección de los tableros eléctricos.
- Sistemas de señalización y vallado adecuados.
- Condiciones de circulación adecuadas en espacios comunes, de paso y de acopio de materiales.
- Extintores y protección contra incendios.
- Medidas de prevención ante caída de personas y objetos.
- Orden y limpieza en la zona de trabajo.
- Acopio y almacenamiento organizado de los materiales.
- Condiciones adecuadas de temperatura, iluminación y ventilación.
- Acceso a sanitarios y vestuarios para el personal de obra.
- Agua potable para uso y consumo del personal.
- Gestión adecuada de los desechos de obra, cloacales y orgánicos.
- Seguro de riesgo de trabajo para el personal y terceros.
- Legajo técnico, capacitación y asesoramiento en obra sobre Higiene y Seguridad.

Por supuesto, cada plan tendrá sus particularidades de acuerdo con el tipo de obra y las características del emplazamiento. En este sentido, la legislación es general y los profesionales a cargo deben ocuparse de adecuarla a cada caso.
“Según lo establece el Decreto 911/96, las responsabilidades por incumplimiento del plan recaen conjuntamente en el profesional de higiene y seguridad en el trabajo, el director de obra, la constructora y el propietario”
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